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INSTRUCTIVO PRESENTACIÓN EXPEDIENTE SEGÚN RESOLUCIÓN HCD 307/1996 PARA ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES


Marco legal:

Las actividades Extracurriculares se encuentran bajo el marco de la Resolución HCD-307-96. Puede descargar la misma en el siguiente enlace:

Tener en consideración el artículo N°3 a la hora de clasificar la actividad:

  • Cursos: duración mínima de 20 horas de clases.
  • Seminarios: duración entre 5 y 20 horas de clases.
  • Conferencias: duración inferior a las 5 horas de clases.
  • Jornadas: grupos de disertaciones coordinadas en las que los conferencistas proponen el tema motivo de su presentación.
  • Talleres: actividades en las que los participantes realizan tareas bajo la coordinación de un docente.


Documentación a incluir para el armado del expediente:

1- Planilla Resumen para solicitud de autorización de actividades Extracurriculares. Se completa online y se adjunta una copia al expediente. La unidad ejecutora de los fondos es la Secretaría de Extensión. Acceder a través de este link:

FORMULARIO ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES 2021.

2- Información del curso: Contenido, objetivos, propósitos, aranceles, metodología y requisitos.

3- Curriculum vitae de los docentes (Abreviado max. 5 páginas).

4- Nota aval del departamento, escuela, instituto, centro o cátedra en donde las actividades extracurriculares se desarrollan.

5- Nota de elevación dirigida al decano, en donde se solicita autorización para su realización.

Presentación en mesa de entrada de la facultad de 8 a 12 horas y de 15 a 17 horas, con copia adicional de la nota de solicitud de autorización de la actividad (inciso 5).

Informe Académico Económico

El Art. 8 del Anexo I de la Resolución 307/1996 establece que a los 30 días de concluida la actividad extra-curricular, la Comisión o Unidad Organizadora y el Responsable Académico de la misma elevarán un Informe Académico. El mismo será dirigido a la Unidad Ejecutora de los fondos y explicitará los objetivos alcanzados, la cantidad de participantes, y toda aquella información relevante relacionada a la actividad.

Considerando que el Informe Académico deberá contener expresión del destino del saldo de fondos de la Actividad Extra-curricular (si existiesen), cumplido el plazo establecido en el Art.8 y no teniendo la Unidad Ejecutora de los Fondos información al respecto, la misma podrá disponer de tales fondos sin reclamo posterior alguno.

A continuación se presenta modelos que serán de utilidad para la presentación del mismo.