Para constituirse como grupo de electores, de acuerdo a lo establecido en el Estatutos Universitarios y en el Reglamento Electoral, las agrupaciones de los claustros de estudiantes, personas egresadas y nodocentes deberán acreditar el aval de un número no menor al 5% del padrón electoral calculado sobre el total de votantes de la elección inmediata anterior. Este procedimiento será aplicable tanto para postular candidaturas a representantes del HCD como del HCS. En este último caso los avales deberán computarse sobre el padrón de la universidad, calculado sobre el total de votantes de la elección de consiliarios inmediata anterior.
Las fórmulas decanales, deberán ser avaladas por al menos el 5% del padrón electoral de cada claustro, calculado sobre el total de votantes de la elección inmediata anterior de la respectiva facultad. Estos avales serán presentados por la persona apoderada de dicha fórmula.
Los avales requeridos se presenten a través de un formulario electrónico que permita adherir con las cuentas institucionales (unc.edu.ar o mi.unc.edu.ar).
Cada apoderado/a de agrupación o grupo electoral deberá solicitar a la Junta Electoral el formulario de avales al mail correspondiente al claustro al cual se presenta. Y será la Junta la responsable de generar un enlace en la página web oficial de la Facultad en donde obren todos los formularios electrónicos para la firma de los avales correspondientes.
Graduados juntaelectoral_egresados@fcefyn.unc.edu.ar
Estudiantes juntaelectoral_estudiantes@fcefyn.unc.edu.ar
Docentes juntaelectoral_docentes@fcefyn.unc.edu.ar
Nodocentes juntaelectoral_nodocentes@fcefyn.unc.edu.ar